Posesión efectiva, ¿Qué es y para que me sirve?

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Cuando una persona fallece y ha dejado bienes, sean estos vehículos, casas, ahorros, etc., es necesario realizar la posesión efectiva para que sus herederos puedan disponer legalmente de estos bienes, ya sea para enajenarlos, arrendarlos, o realizar cualquier otro acto jurídico de disposición. La tramitación de ésta será diferente si hay testamento o si no lo hay, puesto que en el primer caso se tramitará ante los juzgados de competencia civil, y en el segundo caso, ante el Servicio de Registro Civil e Identificación. Ahora, resolvamos las dudas más frecuentes de las personas:

¿Puedo hacer el trámite sin un abogado?

La respuesta es: “hay que distinguir”. En el caso de una sucesión testada (que existe un testamento) debes contratar a un abogado de confianza, pues la tramitación es ante Tribunales con competencia civil. Si no hay testamento, entonces sí puedes hacer el trámite personalmente, a través de un formulario que se entrega por el mismo Servicio de Registro Civil e Identificación de manera presencial o mediante la plataforma que ha dispuesto en registro civil para tramitar de manera online.

¿Cuánto demora la tramitación en el Registro Civil?

Cuando se trata de la sucesión intestada el certificado de posesión efectiva es otorgado dentro de aproximadamente 60 días contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

¿Cuánto cuesta tramitar la posesión efectiva?

Es variable, porque depende del valor de los bienes dejados por el causante, respecto de los cuales se solicita la posesión efectiva. Existe un arancel que deberá pagar el solicitante de acuerdo a una escala de valores del total de los bienes detallados en el inventario:

  1. Hasta un valor inferior a 15 Unidades Tributarias Anuales (alrededor de $8.263.260) está exento.
  2. Sobre 15 UTM e inferior a 45 Unidades Tributarias Anuales ($24.789.780) deberá pagar $73.451.
  3. Sobre los 45 UTA, deberá pagar $114.768.

Lo anterior es sin perjuicio de los honorarios que cobre el abogado que tramite la posesión efectiva.

¿Qué es el beneficio de inventario?

Al aceptar una herencia «con beneficio de inventario» los que declaras es que eres responsable de las obligaciones hereditarias y testamentarias, sólo hasta la concurrencia del valor total de los bienes que han heredado. Es útil en caso de que la herencia dejada por el causante no alcance a cubrir la totalidad de las obligaciones transmisibles.

Te dejo un video tutorial que te ayude a guiarte en al momento de llenar el formulario de posesión intestada. Si tienes problemas o necesitas asesoría, puedes AGENDAR una HORA pinchando AQUÍ.

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Acerca del Autor

Patricio Puen Marileo

Abogado egresado de la Universidad Católica de Temuco, emprendedor, consultor, YouTuber y bloguero. Oriundo de Nueva Imperial, mapuche, de familia campesina, he enfocado mi trabajo en ayudar a las personas a evitar problemas jurídicos y solucionar los ya existentes, en materia de Bienes Raíces. Puedes encontrarme en redes sociales.